Información General

PROTOCOLO PARA LA CADENA PRODUCTIVA DE LA LIEBRE EUROPEA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA COVID-19

✓ La protección de l os trabajadores y l as trabajadoras frente a l a
exposición al Coronavirus.
✓ Asegurar l as condiciones higiénico-sanitarias del sector.
✓ Asegurar l a i nocuidad y calidad del producto garantizando l a
continuidad de l a actividad.
2. Los procedimientos establecidos en este PROTOCOLO se enmarcan en l os
Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 260 /2020, sus modificatorios y prórroga,
N° 297/2020 y N° 125/2021, el Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N°
132/2020, ratificado por Ley N° 15174 y sus prórrogas, y l a Resolución N°
2239/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.
3. También comprende l os l ineamientos de l a Resolución N°135/20 del Ministerio
de Trabajo de l a Provincia de Buenos Aires, el cual estableció oportunamente l a
obligatoriedad de l a elaboración de un Protocolo de Higiene y Seguridad en l a
Emergencia Sanitaria del COVID-19 para cada actividad l aboral.
Ello atento ser una actividad que encuadra en el Decreto N° 297/2020 que
exceptúa del cumplimiento de tal medida y de l a prohibición de circular entre
otras actividades a:
✓ Actividades vinculadas a l a producción, distribución y comercialización
agropecuaria y de pesca. (Artículo 6º, i nciso 13)
✓ Industrias de l a alimentación, su cadena productiva e i nsumos. (Artículo
6°, i nciso 12)
No obstante, deben adoptarse todas las medidas preventivas para evitar
el contagio del CORONAVIRUS- COVID 19 durante el ejercicio de dicha
actividad.
Principales vías de transmisión y contagio del Virus: Transmisión de persona a otra
persona a través de l as gotas procedentes de l a nariz o l a boca que salen despedidas
cuando l a persona i nfectada tose, estornuda o habla, por contacto con manos,
superficies u objetos contaminados
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I. ALCANCE
Por ello se debe extremar l a adopción de medidas preventivas para evitar o minimizar l a
transmisión de l a enfermedad.
En cuanto a l os alimentos, hasta el momento no existen evidencias que i ndiquen l a
transmisión de COVID-19 asociada al consumo de alimentos pero se estima que, como
ocurre con otros virus, el SARS-CoV-2 puede persistir en superficies o en objetos
utilizados por personas i nfectadas. Por ese motivo es fundamental seguir l as
recomendaciones respecto de l a higiene, desinfección y distanciamiento social para
evitar el contagio de persona a persona o por contacto con superficies u objetos
contaminados.
El suministro de alimentos es una actividad esencial y crítica que debe garantizarse,
especialmente en el estado de emergencia sanitaria, para ofrecer a l a población un
servicio básico y fundamental, así como, trasladar tranquilidad a l a sociedad al disponer
de acceso a fuentes seguras y suficientes de alimentos básicos.
En consecuencia, se debe garantizar el funcionamiento y operatividad de l a cadena de
producción y suministro de alimentos.
Planta frigorífica: Establecimiento donde se faenan animales, se elaboren, depositen,
o transporten productos, subproductos y derivados de origen animal.
Acopio de liebres: Establecimiento donde se concentran l as piezas aprehendidas para
su posterior remisión a l a planta de faena.
Cazadores: Toda persona que cumplimentando l as exigencias de l ey, se encuentra
autorizada para l a caza comercial de l iebre europea en l os términos del Código Rural
Decreto Ley 10081.
Transporte de liebres: Vehículo que cumplimentando con l as exigencias de l ey se
encuentra autorizado para el traslado de l as piezas aprehendidas con destino a faena.
Elementos indispensables de higiene, aseo y desinfección:
➔ Jabón, pañuelos y toallas descartables
➔ Alcohol en gel/diluido en agua al 70%[ 1]
➔ Tapa nariz y boca de acuerdo a l as recomendaciones del gobierno nacional[ 2]
➔ Protección ocular
➔ Pañuelos descartables
➔ Bolsa de residuos para desechos patogénicos y desechos habituales secos
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II. DEFINICIONES
➔ Una l apicera de uso personal y exclusivo
[1]P ara su preparación considerar l as siguientes proporciones: alcohol etílico de 96 %
volúmenes y l o diluimos en l as siguientes proporciones para l lenar recipientes
vaporizadores: 700 ml puro + 300 ml agua; 350 ml puro + 150 ml agua; 200 ml puro +
85 ml agua y 150 ml puro + 64 ml agua.
[2] h ttps://www.argentina.gob.ar/coronavirus/barbijj o
➔ En caso que un trabajador/a sea conviviente de personas que hubieran realizado
un viaje al exterior deberá dar aviso i nmediatamente a l os responsables de l os
establecimientos.
➔ En el caso de que alguna persona regrese de viaje del exterior se aplicará el
protocolo de cuarentena por 14 días desde el desembarque al país,
independientemente del país del que regrese.
Requisitos básicos
a. Distanciamiento interpersonal.
➔ Se deberá respetar un distanciamiento i nterpersonal de dos metros (2 metros)
en todo el ámbito l aboral, entre puestos de trabajo, baño/s, comedor/es, fila de
ingreso, ascensores, etc.
➔ En caso de que l as tareas realizadas no permitan guardar l a distancia
recomendada, se i mplementarán barreras de contención entre cada puesto de
trabajo.
b. L avado de manos con agua y jabón.
➔ Se aconseja que el l avado de manos con agua y j abón sea de una duración de
40 segundos, y que i ncluya palmas, dorso de manos y muñecas. Podrá
consultar el método recomendado por l a Organización Mundial de l a Salud.
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III- MEDIDAS A IMPLEMENTAR EN EL ÁMBITO DE TRABAJO PARA TODAS LAS
ACTIVIDADES
➔ Se establecerán baños y/o l avatorios y/o estaciones de l avado en todas l as
aéreas comunes de trabajo, con agua, j abón y toallas de papel.
c. Provisión y utilización del alcohol en gel cuando se manipulen cosas a causa o
en ocasión del trabajo.
➔ Para aquellos supuestos en que l a tarea desempeñada no permita el l avado
frecuente de manos, deberá realizarse l impieza en seco de l as mismas con
alcohol en gel y/o alcohol al 70% (siguiendo l os pasos i ndicados por l a
Organización Mundial de l a Salud (no menos de 20 segundos). Dichas
soluciones serán proporcionadas por el/la empleador/a y estarán disponibles en
las áreas comunes de trabajo para todas aquellas personas que se encuentren
en l as mismas.
➔ Asimismo, se proporcionará alcohol en gel y/o alcohol al 70% en baños y
oficinas a fin de asegurar l a higiene permanente del personal.
➔ El/la empleador/a proporcionará a aquellas personas abocadas a l a atención al
público alcohol en gel de uso i ndividual.
d. Ventilación de ambientes.
➔ Se realizará l a ventilación de l os ambientes cerrados, sobre todo en período
invernal o de bajas temperaturas con regularidad. De ser posible, se
mantendrán todas l as ventanas abiertas para l a ventilación de l os espacios; caso
contrario, se procederá a ventilar periódicamente, con l a mayor frecuencia
posible ya que l a ventilación debe ser natural, cruzada y permanente.
e. Limpieza de superficies. Desinfección de los objetos y herramientas de trabajo
de uso frecuente.
➔ Se realizará l impieza y desinfección constante (se aconseja cada dos horas) de
las superficies de alto contacto.
➔ En el resto de l as superficies y objetos se efectuará l impieza húmeda frecuente,
de ser posible con l a misma periodicidad que l a i ndicada en el apartado anterior,
utilizando rociador o toallitas con productos de l impieza tales como alcohol al
70%, l avandina, etc.
➔ No se debe generar contacto físico entre personas (saludos, abrazos, besos).
➔ No se deben generar reuniones grupales.
➔ Al toser o estornudar cubrirse l a boca con el pliegue del codo, o con un pañuelo
desechable.
➔ Evitar compartir utensilios personales, tazas, vasos, mate, etc.
➔ Evitar el contacto con personas que están cursando i nfecciones respiratorias.
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f. Relativo a la prestación de tareas.
➔ Difundir buenos hábitos de higiene y medidas preventivas utilizando l os medios
de comunicación gráficos accesibles y oficiales como carteleras, fondos de
pantalla de Tvs en comedores, folletería etc.
➔ El/la empleador/a dará aviso a l a ART del personal que cumple sus funciones con
normalidad desde el/los establecimiento/s, aquellos que l o hacen desde sus
hogares y quienes no concurren por diferentes motivos.
➔ El/la empleador/a propiciará y adoptará l as medidas pertinentes para que el
lugar de trabajo se encuentre l impio y ordenado, debiendo realizar desinfección
y l impieza diaria de todo el establecimiento, i ncluidas l as máquinas,
herramientas, objetos y/o utensilios de trabajo.
➔ En l a medida de l o posible, se reemplazará el contacto directo por l os métodos
virtuales y/o teléfono, para todas aquellas actividades y/o comunicaciones que
sean pasibles de realizarse por dichos medios.
➔ El/la empleador/a, en l a medida que l a actividad l o permita, el trabajo en l a
modalidad remota.
➔ Se propenderá a disminuir l a circulación en l os diferentes sectores del
establecimiento.
➔ Cambiar y lavar la ropa de trabajo diariamente.
➔ En caso de existencia de vestuarios y/o comedores, se sectorizará l os mismos de
tal manera que se respeten l as distancias de seguridad y prevención,
estableciéndose el ordenamiento en el acceso y permanencia en dichos espacios
en un número reducido de personas, y en su caso, por turnos o grupos.
➔ Toda persona que se encuentre en el establecimiento deberá contemplar l as
medidas de distancia para l a entrega de productos y/o l a recepción de
materiales y/o documentación con l os clientes, proveedores y/o terceros ajenos
al mismo.
➔ En el caso de uso compartido de vehículos de asistencia técnica (por ejemplo:
camionetas), deberán desinfectarse de manera regular antes y después de su
uso (volante, tablero, picaportes, cerraduras de l as ventanas, timbres,
cinturones de seguridad, seguros, descansabrazos, cabeceras etc.), para l o cual
se proporcionará un rociador con l avandina diluida o desinfectante y paños. El
vehículo en viaje debe tener l as ventanas abiertas l o suficiente para l ograr una
ventilación natural, cruzada y permanente, y sus ocupantes viajar con
tapabocas.
➔ Los establecimientos contarán con l a provisión de agua potable en cantidades
suficientes para garantizar l a higiene y desinfección tanto del trabajador/a como
del ambiente de trabajo.
➔ En el vehículo de transporte el/la trabajador/a deberá contar con alcohol en gel,
toallas descartables y guantes provistos por el empleado.
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➔ Al finalizar l a j ornada l aboral se deberá realizar l as recomendaciones dadas
conforme l as i nstancias que correspondan, de l a autoridad de Salud.
Según l a Resolución MTEySS de l a Nación N° 207/2020 y sus modificatorias l os grupos
considerados de riesgo en el marco de l a Pandemia COVD-19 de por Ministerio de Salud
están dispensados del deber de asistencia a su trabajo.
Los grupos de riesgo al momento son personas que padecen: enfermedades
respiratorias crónicas (EPOC,enfisema congénito, displasia broncopulmonar,
bronquiectasias, fibrosis quística, asma moderado o severo), enfermedades cardíacas
(insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías, cardiopatías congénitas),
inmunodeficiencias, diabetes, i nsuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas
de i ngresar a diálisis en l os siguientes seis meses. .
➔ El/la empleador/a verificará respecto a todos sus trabajadoras/es si l os mismos
pertenecen a alguno/s de l os grupos de riesgos y/o se encuentran entre l as
personas exceptuadas del deber de asistencia en l os términos de l a Resolución
del MTEySS de l a Nación Nº 207/2020 y sus modificatorias.
➔ En l a medida de l o posible, se extraerá dicha i nformación de l os l egajos y/o
documentación l aboral de l as trabajadoras/es que prestan tareas en el
establecimiento.
➔ En el supuesto de comprobar que el trabajador/a se encuentra en l a situación
descripta, se l o dispensará en forma i nmediata del deber de asistencia al l ugar
de trabajo, l o cual podrá ser comunicado mediante cualquier medio, i ncluso
virtual, electrónico y/o telefónicos, a fin de evitar el traslado del personal.
➔ Asimismo, el trabajador/a que se encuentre comprendido en alguno/s de l os
grupos de riesgos y/o entre l as personas exceptuadas del deber de asistencia
conforme a l a Resolución del MTEySS de l a Nación Nº 207/2020, y sus
modificatorias, y/o en situación de aislamiento obligatorio en l os términos del
art. 7º del Decreto Nº 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, deberá comunicar
tal situación a su empleador/a en forma i nmediata por cualquier medio, i ncluso
virtual, electrónico y/o telefónicos, a fin de evitar el traslado al l ugar de trabajo.
El/la empleador/a, en caso de corresponder, podrá solicitarle l a documentación
que acredite l a condición i nvocada, l a cual podrá ser remitida por medios
digitales, electrónicos y/o telefónicos.
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IV- SUSPENSIÓN DEL DEBER DE ASISTENCIA PRESENCIAL AL TRABAJO DE GRUPOS
ESPECÍFICOS. FACILIDADES PARA REALIZACIÓN DE LAS TAREAS LABORALES POR
MEDIOS VIRTUALES, ELECTRÓNICOS Y/O TELEFÓNICOS.
➔ Los trabajadores/as cuyas tareas habituales u otras análogas sean realizadas
desde el l ugar de aislamiento, deberán en el marco de l a buena fe contractual,
establecer con su empleador/a l as condiciones en que dicha l abor será realizada.
➔ Ante l a presencia de fiebre y síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta,
resfriado), no se debe concurrir al l ugar de trabajo, constatándose en forma
inmediata con el sistema de salud (Línea 148 en Provincia de Buenos Aires,
Línea 107 en CABA y aquellas que se dispongan en otras j urisdicciones).
➔ En viajes cortos i ntentar caminar o utilizar bicicleta, para permitir más espacio a
quienes no tienen otra alternativa de traslado.
➔ Si es posible, desplazarse en vehículo particular y mantenerlo ventilado para
garantizar l a higiene y desinfección del i nterior del mismo.
➔ Respetar l as distancias mínimas recomendadas.
➔ En caso de utilizar transporte público, se deberá usar elementos de protección
que cubran nariz, boca y mentón (tapa boca).
➔ Antes de i ngresar al l ugar de trabajo, el/la empleador/a, por sí o a través de
personal especialmente designado a tal fin el cual deberá estar munido de
elementos de protección personal adecuados, consultará por estado de salud
del trabajador/a y su familia, siendo posible utilizar un cuestionario
preestablecido. En caso de manifestar posibles síntomas, no se permitirá el
ingreso, recomendándole l a vuelta a su l ugar de residencia y contactar con
servicio médico.
➔ El/la empleador/a podrá realizar un control de temperatura diario de todos l os/as
trabajadores/as al momento de su i ngreso al l ugar de trabajo, prohibiéndose el
ingreso a quienes registren una temperatura superior a 37,5°. Si el trabajador/a
al momento de su i ngreso supera l a mencionada temperatura y asimismo
manifieste síntomas compatibles con COVID-19 (“caso sospechoso”), se l o
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V-DESPLAZAMIENTOS HACIA Y DESDE EL LUGAR DE TRABAJO
VI- PROCEDIMIENTO PARA EL INGRESO AL LUGAR DE TRABAJO
apartará de l os l ugares comunes y deberá contactarse en forma i nmediata con
el sistema de salud (Línea 148 en Provincia de Buenos Aires, Línea 107 en CABA
y aquellas que se dispongan en otras j urisdicciones).
➔ En caso que el establecimiento l aboral cuente con un Servicio de Medicina del
Trabajo, éste podrá ser el encargado de arbitrar l as medidas prevención
previamente descritas (diseño y aplicación del cuestionario, medición de
temperatura, etc)
➔ Toda persona que i ngrese al establecimiento, al l legar al mismo, deberá l impiar
la suela del calzado en felpudo o trapo de piso embebido en solución
desinfectante (lavandina u otras).
➔ Toda persona que i ngrese al establecimiento, en caso de no contar con baños
y/o l avatorios y/o estaciones de l avado en el acceso, deberá realizar l impieza de
las manos en seco (gel o soluciones alcohólicas) al l legar al mismo.
➔ El/la empleador/a deberá disponer en l os accesos al establecimiento felpudo o
trapo de piso embebido en solución desinfectante, gel o soluciones alcohólicas,
solución desinfectante y toallas de papel.
➔ Se recomienda que toda persona que i ngrese al establecimiento, al l legar al
mismo, realice l impieza del celular y l laves con toallas de papel y solución
desinfectante.
➔ Se recomienda que l uego del i ngreso al establecimiento, toda persona que haya
accedido al mismo, se cambie de ropa, debe quedar en espacio dispuesto para
tal fin y el personal administrativo, en l a medida de l o posible, desinfectar l a silla
y escritorio.
➔ El/la empleador/a podrá establecer horarios de entrada y salida escalonados, a
fin de evitar aglomeraciones en l os puntos de acceso y egreso.
➔ Se recomienda suspender el control horario por tarjeta o biométrico para evitar
el contagio por contacto.
PLANTAS FRIGORIFICAS:
a. Plantas:
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VII- PROCEDIMIENTOS PARA LAS ETAPAS DE LA CADENA PRODUCTIVA EN
PARTICULAR
➔ Evaluar a cada operario/a que i ngresa a l a planta, bajo planilla, donde se registre
su estado de salud, temperatura, según el procedimiento establecido en el
punto “VI- Procedimiento para el i ngreso al l ugar de trabajo” del presente
documento.
➔ Proceder a l a recepción de l a materia prima por parte del personal asignado al
efecto, con autorización para i ngreso.
➔ Cada una hora, l os operarios deberán proceder al l avado de manos según el
instructivo con agua caliente y j abón. Dicha actividad será supervisada por el
encargado de l a playa de faena y su ayudante/ta o personal de Control de
Calidad. Luego del l avado de manos se proveerá de alcohol en gel o alcohol
líquido al 70%. Asimismo no más de 2 operarios/as se encargarán de realizar una
aspersión con una solución de agua clorada (2 partes de cloro en 8 partes de
agua), todas l as superficies de contacto: paredes de cámara y playa de faena,
puertas, palcos, l avamanos, esterilizadores, pasillos, carga, menudencias,
baranda de escalera, etc.
➔ Se colocará desinfectante en el l avabotas con el fin de desinfectar l a suela.
➔ Se mantendrán todas l as dependencias l o más ventiladas posible.
➔ Durante el primer y segundo corte de actividades dentro de l a planta, se
procederá a extremar l as medidas de l impieza y desinfección, realizando
aspersión de agua clorada en todas l as superficies (Fórmula: 2 partes de cloro y
8 de agua).
b. Operarios/as:
➔ Evitar el amontonamiento, respetar dos metros (2 metros) de distancia entre
persona y persona. Evitar l a permanencia en vestuario y filtro sanitarios. En
horarios de descanso, permanecer en espacios abiertos. No saludar con beso o
darse l a mano.
➔ No compartir vaso, botellas o mate.
➔ Mantener l as uñas cortas y l impias.
➔ Toser y estornudar en el pliegue del codo.
➔ Lavarse l as manos permanentemente (recordarlo antes de comer)
➔ Evitar tocarse l a nariz, boca y ojos.
➔ En caso de tener síntomas como fiebre o dificultad para respirar, avisar
inmediatamente a l a oficina de personal, donde se tomarán l as medidas
pertinentes a saber, notificación al número 148.
c. P ersonal ajeno/a a la Planta:
➔ Está totalmente prohibido el i ngreso de personas ajenas a l a planta. De ser
estrictamente necesario l as mismas deberán notificarse por medio del puesto
de vigilancia y cumplir con l os requisitos de i ngreso para el personal de planta.
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➔ Evitar que l os conductores desciendan de l os vehículos.
➔ Habilitar en l o posible servicios sanitarios para uso exclusivo de personas
externas a l a planta.
d. Oficinas:
➔ Se atenderán solo 1 persona por vez, manteniendo una distancia de dos metros
(2 metros) entre persona y persona. No saludar con beso ni dar l a mano, ni
abrazo.
➔ Extremar l a l impieza de vasos, cubiertos y tazas y todo utensilio.
➔ Evitar tomar mate.
➔ Lavarse l as manos frecuentemente.
➔ Luego de l a l impieza general de l as oficinas, utilizar agua clorada para l avar
picaportes, pisos y escritorios.
➔ En caso de tener síntomas como fiebre o dificultad para respirar, avisar
inmediatamente.
➔ Distribuir alcohol en gel, toallas y pañuelos descartables y tapabocas en cada
oficina.
➔ Las consultas del personal de faena deberán realizarse a través de mensajes de
telefonía móvil con el fin de evitar l a circulación de una posible persona
infectada.
e. Comedor:
➔ Se procederá a mantener l a ventilación permanente en el comedor. Se pondrá
énfasis en l a l impieza del sector, extremando l as medidas de higiene en mesas,
piso, cubiertos y restos de utensilios. Se utilizará como desinfectante l avandina
al 10%.
ACOPIOS:
➔ Sólo podrán mantener el i ngreso de dos personas por vez, manteniendo una
distancia de dos metros (2 metros) entre persona y persona. No saludar con
beso ni dar l a mano, ni abrazo.
➔ Extremar l a l impieza de vasos, cubiertos y tazas y todo utensilio.
➔ Evitar tomar mate.
➔ Lavarse l as manos frecuentemente.
➔ Luego de l a l impieza general del establecimiento, utilizar agua clorada para
lavar picaportes, pisos y escritorios.
➔ En caso de tener síntomas como fiebre o dificultad para respirar, avisar
inmediatamente.
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➔ Distribuir alcohol en gel, toallas y pañuelos descartables y tapabocas en cada
oficina.
➔ Reforzar l as medidas de l impieza y desinfección si hay circulación, en todas l as
superficies e i nstalaciones.
TRANSPORTE:
➔ El conductor del vehículo debe permanecer en l a unidad, salvo en caso
necesario de descenso donde deberá usar alcohol en gel o solución del alcohol
antes y después de subir a l a unidad y mantener distancia social de más de dos
metros (2 metros).No saludar con beso ni dar l a mano, ni abrazo.
➔ Contar con un kit de cuidados personal donde se l levará alcohol en gel o al 70%,
agua l avandina (hipoclorito) preparada para su uso, guantes, barbijos, fómites
descartables para l a protección del calzado.
➔ Sólo podrán ocupar el vehículo más de una persona con distancia de más de un
metro y con l as medidas higiénico-sanitarias de l impieza y desinfección y
barbijo.
➔ Evitar tomar mate.
➔ Lavarse l as manos frecuentemente.
➔ En caso de tener síntomas como fiebre o dificultad para respirar, avisar
inmediatamente al i gual que ante caso sospechoso de COVID-19 se deberá dar
aviso i nmediato a l as autoridades sanitarias l ocales y efectuar el traslado de l a
persona con síntomas o caso sospechoso. Se dará suspensión a l a actividad para
seguir l as recomendaciones sanitarias del efector l ocal.
➔ Reforzar l as medidas de l impieza y desinfección dentro del vehículo, y, cuando
llegan y salen de l os establecimientos en el caso de ascenso y descenso.
CAZADORES:
➔ Antes de comenzar y al finalizar l a actividad deberán propiciar el autocuidado,
medir parámetros como temperatura corporal, y demás acciones sanitarias
pertinentes y precautorias de prevención (higiene y desinfección).
➔ Se recomienda l a circulación en vehículos con l a mínima cantidad de personas
que garanticen l a distancia de un metro (1 metro), uso de barbijo, alcohol en gel
y ambiente ventilado.
➔ Evitar tomar mate.
➔ Higienizarse l as manos frecuentemente.
➔ Transportar bolsas para residuos que se origen durante l a caza.
➔ Contar con un kit de cuidados personal donde se l levará alcohol en gel o al 70%,
agua l avandina (hipoclorito) preparada para su uso, guantes, barbijos, fómites
descartables para l a protección del calzado.
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➔ Se debe evitar el cruce entre personas de diferentes vehículos que realizan l a
actividad y al regreso de l a misma para evitar l a contaminación cruzada.
➔ Ante caso sospechoso de COVID-19 se deberá dar aviso i nmediato a l as
autoridades sanitarias l ocales y efectuar el traslado de l a persona con síntomas
o caso sospechoso. Se dará suspensión a l a actividad para seguir l as
recomendaciones sanitarias del efector l ocal.
La secuencia obligatoria es primero realizar la limpieza y luego la desinfección.
1- Limpieza: Es l a eliminación gruesa de l a suciedad (tierra, restos de alimentos, polvo
u otras materias objetables).
Puede realizarse mediante raspado, frotado, barrido o pre-enjuagado de superficies y
con l a aplicación de detergente para desprender l a suciedad y agua caliente a 65 °C o
más. Se desaconseja l a l impieza en seco (el uso de escoba, escobillón, plumero, paño
seco).
Usar agua caliente con detergente para l a l impieza ya que disuelve l as grasas, y como
el virus COVID 19 está rodeado de una capa de l ípidos, éstos se disuelven por acción
detergente al disminuir l a tensión superficial y deja expuesto al virus facilitando su
destrucción.
La presión del agua y el cepillado contribuyen a l a l impieza de aquellas superficies que
presente i ncrustaciones.
2- Desinfección: Es l a reducción de microorganismos a un nivel que no dé l ugar a
contaminación de l os alimentos que se elaboran mediante agentes químicos o métodos
físicos adecuados, elaboran mediante agentes químicos o métodos físicos adecuados.
Alcohol 70/30: Desinfectante eficaz, de fácil preparación para superficies,
utensilios y manos. Se utiliza alcohol etílico que posee 96% de volúmenes y se
diluye (puro no sirve) en las siguientes proporciones para llenar recipientes
vaporizadores: 700 ml puro + 300 ml agua; 350 ml puro + 150 ml agua; 200 ml
puro + 85 ml agua ;150 ml puro + 64 ml agua.
Lavandina: Utilizar concentración de 55 g/lt. Debe prepararse en el momento. No
exponer a la luz solar ni al calor. Es corrosiva e irritante. Evitar el contacto con la
piel y ojos. Aplicar diluida en agua fría. El agua caliente inactiva el ion cloro. No
mezclar con detergente ya que produce gases tóxicos e inactiva el ión cloro.
Dilución recomendada: Lavandina de 55 g/lt : 100 ml de lavandina en 10 lt de
agua. Lavandina de 55g/lt: 10 ml (una cucharada sopera) en 1 lt de agua.
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LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN EN LOS ESTABLECIMIENTOS
Per Acetico: 1,5 % V/V: 0.75 lt en 5 lt de Agua.
Se aplicarán estos productos en correcta dilución en las distintas superficies, ya
sea en contacto con alimentos o en contacto con los operarios. En superficies
donde no se pueda utilizar la solución clorada o per acético, se aplicará solución
de hidro alcohol, principalmente en aquellas superficies y objetos en contacto
con el personal.
➔ El/la empleador/a seleccionará l os EPP para garantizar l a protección adecuada
en función a l as tareas que se realicen y a l a forma de exposición, y que esta se
mantenga durante l a realización de l a actividad l aboral, siendo obligatorio el uso
de l os mismos en caso de disponerse en tal sentido.
➔ Para el uso de todos l os EPP deben respetarse l as i nstrucciones del fabricante.
➔ Los EPP deben colocarse antes de i niciar cualquier actividad probable de causar
exposición y ser retirados únicamente después de estar fuera de l a zona de
exposición.
➔ Los EPP son i ndividuales y no deben compartirse.
➔ No podrá utilizarse cualquier EPP que no esté en condiciones adecuadas de uso.
➔ Si se utilizan EPP descartables, no pueden reutilizarse.
➔ Los EPP descartables deben colocarse en contenedores adecuados y
correctamente i dentificados, siguiendo l os protocolos definidos por l a empresa.
➔ Antes de colocarse un EPP deberá l avarse l as manos con agua y j abón o con
alcohol en gel o alcohol al 70%.
➔ Para acceder a i nformación de l a OMS sobre colocación y retiro de EPP pueden
consultarse l os siguientes enlaces: h ttps://www.who.int/es.
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IX- EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
X- ACTUACIÓN ANTE LA PRESENCIA DE SÍNTOMAS COMPATIBLES CON COVID-19
O CASO SOSPECHOSO
➔ El/la empleador/a y l a persona trabajadora afectada deberán comunicarse con
los números de teléfonos i ndicados en cada j urisdicción para seguir l os
protocolos del Ministerio de Salud de l a Nación y de cada provincia.
➔ Se deberá dar asistencia a todo/a trabajador/a y/o tercero ajeno al
establecimiento que presente síntomas compatibles con COVID-19 que se
encuentre en el mismo.
➔ Todo el personal que l o asista deberá utilizar barbijo, l entes y guantes.
➔ Se deberá aislar al trabajador/a o tercero y proporcionarle un barbijo.
➔ Se deberá evitar el contacto personal con otros trabajadores y/o persona que se
encuentre en el establecimiento.
➔ Se l e solicitará al trabajador/a que i dentifique a l as personas con l as que tuvo
contacto, a l os efectos de ponerlas en aislamiento preventivo hasta tanto se
confirme o descarte el caso. De ser positivo , deberán guardar el aislamiento
correspondiente. En caso ser negativo, podrán retomar sus tareas habitaules.
➔ Se realizará una desinfección del sector donde el trabajador/a o tercero ajeno al
establecimiento estuvo en contacto.
➔ Se organizará el traslado de trabajador/a a su domicilio.
➔ Se extremarán l as medidas de control de temperatura diaria al personal y
terceros, al momento de su i ngreso al l ugar de trabajo, principalmente de
aquellos personas que tuvieron contacto con l a persona que presenta síntomas
compatibles con COVID-19.
➔ Ante l a situación antedicha, no se permitirá el i ngreso de quienes registren una
temperatura superior a 37,5° y se adoptarán l as i ndicaciones del Ministerio de
Salud de l a Nación.
➔ En caso de personal con “contacto estrecho” con personas que revistan
condición de “casos sospechoso” o posean confirmación de caso positivo se
recomienda realizar el procedimiento de actuación contemplado en este
apartado.
En caso de confirmarse un caso positivo de COVID-19 de un/a trabajador/a (que
podemos denominar “Positivo”) que forme parte de alguno de estos grupos de trabajo,
el empleador y/o l a empleadora cumplimentará i nmediatamente l as siguientes acciones
para garantizar l a salud de l as/los trabajadoras/es y permitir l a continuidad de l a
actividad del área a l a mayor brevedad posible:
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XI- ACTUACIÓN ANTE UN CASO POSITIVO DE COVID-19
Etapa 1:
➔ Se deberá dar aviso i nmediato y formal a l as autoridades sanitarias
competentes de su j urisdicción.
➔ Se deberá colaborar en todo momento con l as autoridades sanitarias
competentes del Municipio para el seguimiento epidemiológico del caso.
➔ Se procederá a aislar en forma urgente a el/la trabajador/a Positivo, de acuerdo
a l as recomendaciones e i nstrucciones que i mparta l a autoridad sanitaria
competente del Municipio.
➔ Se seguirán l as i ndicaciones de l impieza y desinfección emanadas de l a
autoridad sanitaria, que podrán i ncluir l a ejecución de un procedimiento especial
e i ntegral de l impieza y desinfección total de l a l ínea que permita reiniciar l a
producción en el menor plazo posible y l a l impieza y desinfección de l as
superficies con l as que ha estado en contacto el/la trabajador/a Positivo. La
limpieza y desinfección se realizará con un desinfectante i ncluido en l a política
de l impieza y desinfección de l a autoridad sanitaria o con una solución de
hipoclorito sódico que contenga 1000 ppm de cloro activo (dilución 1:50 de
lavandina con concentración 40-50 gr/litro preparada recientemente).
➔ El personal de l impieza utilizará equipo de protección i ndividual adecuado para
la prevención de i nfección por microorganismos transmitidos por gotas y por
contacto que incluya: camisolín, barbijo, guantes y protección ocular.
➔ A su vez frente al diagnóstico positivo de COVD-19, el empleador/a, su Servicio
de Medicina del trabajo (en caso de existir), y/o l a persona trabajadora deberá
denunciar l a enfermedad ante l a ART a l a cual se encuentre afiliado el
empleador o empleadora, acompañándose el diagnóstico confirmado emitido
por entidad debidamente autorizada. Esto permitirá que l a persona trabajadora
reciba, en forma i nmediata, l as prestaciones médicas y demás prestaciones
previstas por el Sistema de Riesgos del Trabajo frente a una caso de
enfermedad profesional.
Etapa 2:
➔ Sí y solo sí l a autoridad sanitaria l o habilita, y una vez comprobada y acreditada
la finalización del procedimiento de l impieza y desinfección total del área
mencionada en el punto d. de l a Etapa 1, el/la empleador/a podrá convocar a l os
restantes grupos de trabajo que deberán presentarse a trabajar en l os horarios
ya acordados.
16
➔ La empresa, antes del i nicio de l as tareas, deberá i nformar a l as/los
trabajadoras/es l as acciones realizadas para transmitir tranquilidad y serenidad
en sus puestos de trabajo.
➔ El/la empleador/a dispondrá de un equipo de contingencia adecuado para dar
continuidad a l as tareas correspondientes al grupo de trabajadoras/es aislados
hasta que hayan cumplimentado debidamente l as recomendaciones de l a
autoridad sanitaria correspondiente para su posterior reincorporación.
➔ En caso que el establecimiento l aboral cuente con un Servicio de Medicina del
Trabajo, éste será el encargado de arbitrar l as medidas de actuación frente a un
caso de síntomas compatible con COVID-19 o caso positivo de COVID- 19
(Puntos XI y XII del presente protocolo).
➔ El/la empleador/a difundirá y capacitará a l as/los trabajadoras/es respecto al
presente Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo Emergencia Sanitaria
Covid-19 – Resolución MTPBA Nº 135/2020 -.
➔ El/la empleador/a deberá colocar el afiche i nformativo sobre medidas de
prevención específicas acerca del Coronavirus COVID-19 provisto por l a ART
(conforme Resolución SRT Nº 29/2020).
➔ Se recomienda capacitar a l as/los trabajadoras/es y/o realizar actualización
respecto al empleo de EPP, especialmente aquellos vinculadas con l a situación
de emergencia sanitaria desatada por el COVID-19, así como en relación a l as
medidas de protección y prevención generales i ndicadas por l os organismos
oficiales con motivo de l a pandemia.
➔ El presente protocolo deberá ser i nformado al Comité Mixto de Salud y
Seguridad del establecimiento, en caso de existir, y/o a l a representación sindical
correspondiente.
➔ El presente protocolo deberá ser actualizado en l a medida que l as autoridades
sanitarias nacionales, provinciales y municipales y l a Superintendencia de
Riesgos del Trabajo emitan nuevas i ndicaciones y recomendaciones en el marco
de l a EMERGENCIA SANITARIA COVID-19.
17
XII- CAPACITACIÓN DE LA POBLACIÓN TRABAJADORA DE LA ACTIVIDAD,
INFORMACIÓN A REPRESENTACIÓN SINDICAL Y ACTUALIZACIÓN
PROCEDIMIENTO DEL LAVADO DE MANOS.
Información de l a OMS – USANDO JABÓN (duración mínima 40 segundos)
18
Información de l a OMS – USANDO ALCOHOL EN GEL (duración mínima 20 segundos)
19
G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S
2021 – Año de la Salud y del Personal Sanitario
Hoja Adicional de Firmas
Protocolo
Número:
Referencia: protocolo liebre europea COVID 19
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